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miércoles, 1 de mayo de 2013

Mexico: Breve Historia de la División Territorial del Estado de Tamaulipas

fuente:INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996.

DIVISIÓN TERRITORIAL DE TAMAULIPAS

ANTECEDENTES

ASEGURAN DESTACADOS HISTORIADORES que Américo Vespucio, en su primer viaje iniciado en Cádiz el 10 de mayo de 1497, exploró la costa del Golfo de México reconociendo el litoral comprendido entre las embocaduras de los ríos de Palmas, hoy Soto la Marina, y Pánuco... Las expediciones enviadas desde 1519 por el acaudalado gobernador de Jamaica Francisco de Garay, con el propósito de reconocer y después conquistar y poblar tierras firmes en territorio mexicano, revelaron las características del litoral que hoy corresponde a Tamaulipas.

En la quinta década del siglo XVI se fundó en el norte de la Nueva España la misión de Tamaholipa.

Hacia 1739 preocupó su despoblamiento al estado Español, y durante el virreinato de Juan Francisco Güemes y Horcasitas (1746) se planeó en forma definitiva la colonización, siendo responsabilidad de don José de Escandón y Helguera su pacificación y pueble. De la Conquista al fin de la primera mitad del siglo XVIII la mayor parte del actual territorio de Tamaulipas estuvo sustraído al dominio colonial, se preservó hasta entonces la antigua y primitiva cultura aridoamericana. Geográficamente se conoció como Costa del Seno Mexicano.

En junta General de Guerra y Hacienda del Gobierno Virreinal celebrada en mayo de 1748 se le dio por nombre Provincia del Nuevo Santander en la Costa del Seno Mexicano,... con límites al Norte, Río de las Nueces y Bahía del Espíritu Santo, al Sur, Gobernación de Pánuco y Tampico, y al Poniente, el Nuevo Reino de León. Tampico que dependía de la Provincia de Pánuco queda sujeto desde este año a la del Nuevo Santander. También pasa a jurisdicción de la Nueva Provincia, San Antonio de los Llanos y Santa Engracia, sujetas hasta entonces a la jurisdicción del Nuevo Reino de León.

Desde que se fundó la colonia dependió en los aspectos político, económico, judicial y militar del virrey y Audiencia de México hasta 1785, año en que se restituyó al virrey la mermada autoridad que se le impuso en 1776 con la creación de la Comandancia General de las Provincias Internas, las que se dividieron en tres en 1785. La primera de las Provincias Internas fue la de Oriente, con jurisdicción sobre Nuevo Santander, Texas, Nuevo León y Coahuila. Dos años más tarde, los comandantes sólo gobernaban en lo militar. Nuevo León y Santander pasaron a la autoridad directa del virrey en 1792, a través de la comandancia y subinspección de las tropas milicianas y veteranas radicadas en San Luis Potosí.

Hasta finales del siglo XVIII se establecieron en la provincia del Nuevo Santander las siguientes poblaciones: Real de Infantes, hoy Bustamante (26 de mayo de 1749); Villa de Llera (25 de diciembre de 1748); en 1749: Güemez (1o. de enero); Padilla (6 de enero); Santander, hoy en día Jiménez (17 de febrero); Burgos (20 de febrero); Camargo (5 de marzo); Reynosa (14 de marzo); San Fernando (19 de marzo); Altamira (2 de mayo); Horcasitas, hoy González (11 de mayo) y Santa Bárbara, hoy Ocampo (19 de mayo). Posteriormente, en septiembre de 1750 Escandón levantó Soto la Marina y en el mismo año erigió Aguayo, hoy ciudad Victoria (6 de octubre); Revilla, actual ciudad Guerrero (10 de
octubre); enseguida de estos, Escandón, llamado hoy en día Xicoténcatl (15 de marzo de 1751); Hoyos, actual Hidalgo (19 de mayo de 1752); y el 26 de diciembre de 1752 Santillana (hoy Abasolo).

Poco después se formó Mier (6 de marzo de 1753); y al norte del Río Bravo, el 15 de mayo de 1755, se pobló la villa de Laredo (en Texas a partir de 1848); el 8 de mayo de 1757 se fundó Real de Borbón o Cerro de Santiago (hoy Villagrán); Cruillas (19 de mayo de 1766); San Carlos (6 de junio de 1766); San Nicolás (10 de abril de 1768); Croix, actual Casas (3 de junio de 1770); y finalmente Presas del Rey, hoy Aldama (15 de abril de 1790). Cabe señalar que ya existían los poblados de Tula y Jaumave desde 1617, aunque don José de Escandón en 1744 volvió a ocupar el mismo territorio; Palmillas (erigido en 1627 y repoblado en 1749). A estas tres poblaciones se les considera su categoría política a partir de la última fecha señalada.

SITUACIÓN DE LA ENTIDAD DE 1810 A 1995.
Don José Miguel Ramos Arizpe, diputado de las Provincias Internas de Oriente, solicitó el 23 de octubre de 1811 ante las Cortes de Cadíz se instalara una Junta Superior Gubernativa integrada por Coahuila, Nuevo León, Nuevo Santander y Tejas. Estas fueron enmarcadas en la Constitución de Cadíz bajo la denominación oficial de Provincias Internas de Oriente. Iniciaron sus funciones el 21 de marzo de 1814 en Monterrey, como capital.


El 22 de octubre de 1814 se promulgó el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana; en su artículo 42 mencionó que el país se dividía en 17 provincias.

La Diputación de las Provincias Internas de Oriente se integraba por Coahuila, Texas, el Nuevo Reyno de León y la Colonia del Nuevo Santander,... Por su propia naturaleza liberal, la Diputación no fue del agrado de Joaquin de Arredondo, quien no la reconoció,... Al ocurrir un viraje liberal en 1820 como consecuencia del movimiento de Riego en España y la reinstalación de las Cortes, la Diputación de las Provincias Internas de Oriente volvió a quedar vigente, siendo otra vez acosada por Arredondo,... permite el establecimiento de la Diputación, lo que aconteció entre el 11 y 13 de marzo de 1821, siendo nombrados los diputados de las 4 provincias, representando al Nuevo Santander José María Gutiérrez de Lara...

El Congreso de la Nación, antes de ser disuelto por Iturbide, concedió al Nuevo Santander el derecho de nombrar una diputación provincial el 14 de octubre de 1822. Esta diputación se declaró instalada en la villa de Aguayo el 9 de abril de 1823, y se dedicó a resolver los problemas en materia de división territorial; así, el 8 de octubre de 1823 aprobó y puso en vigor la división de la provincia en seis partidos con treinta y un municipalidades.

El número de pueblos y habitantes que existían en el departamento al momento de su independencia es el siguiente:

Municipalidad No. de hab.
Santander 1,516
Padilla 996
Croix 1,017
Marina 1,323
Santillana 758
Cruillas 940
San Fernando 1,635 8,185
Mier 2, 228
Refugio 2, 461
Reynosa 3, 201
Camargo 2, 956
Revilla 1, 693
Laredo 1,417 13,956
Tula 7,039
Santa Bárbara 4,650
Ynfantes 975 12,664
San Carlos 2,235
Hoyos 2,580
Cerro 3,123
San Nicolás 803
Burgos 1,409 10,150
Aguayo 4,008
Güemes 1,240
Palmillas 1,952
Jaumave 3,243
Llera 1,532 11,975
Altamira 3,066
Presas 1,923
Horcasitas 2,252
Escandón 2,063
Baltasar 1,200 10,504

El 31 de enero de 1824, en compromiso y acatamiento a lo dispuesto por la nación, se firma el Acta Constitutiva de la Federación, que en su artículo 7o. reconoce como estado de la federación... el del Nuevo Santander, que se llamará de las Tamaulipas... Posteriormente, el 4 de octubre del mismo año se promulgó la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, la cual señaló en el artículo 5 como estado federal... el de las Tamaulipas... Mientras, en la primera Constitución local, del 6 de mayo de 1825, los artículos 5 y 6 indicaron la división territorial existente.

En 1828 adquirió categoría municipal la congregación Baltazar, llamándose Morelos. También ocurrieron cambios de nomenclatura en varias poblaciones, como en Altamira (por Villerías, aunque este nombre no perduró), Santo Domingo de Hoyos (por Idalgo y después Hidalgo), Santillana (por Abasolia y después Abasolo), Real de Borbón o Cerro de Santiago (por Villagrán), Revilla (por Guerrero) y Santander (por Ximenes y después Jiménez).

El II Congreso Constitucional aprobó el 13 de noviembre de 1828 la creación de tres departamentos:

1) El del Norte, formado por las villas de Reynosa, la cabecera; Cruillas; San Fernando; Burgos; Matamoros; Camargo; Mier y Ciudad Guerrero. Total: 8 localidades.
2) El del Centro, formado por ciudad Victoria, la cabecera, y las villas de Villagrán; Hidalgo; San Carlos; San Nicolás; Padilla; Güemes; Jaumave; Casas; Jiménez; Abasolia y Soto la Marina. Total: 12 localidades.
3) El del Sur, con Magiscatzin como cabecera y las ciudades de Tampico y Villerias (Altamira), Aldama; Xicoténcatl; Llera; Tancasneque; Santa Bárbara; Morelos; Palmillas; Bustamante y Tula. Total: 12 localidades.

Estos departamentos funcionaron como tales a partir del 23 de octubre de 1834, fecha en que se expidieron las Bases Constitucionales, anticipo de las llamadas Siete Leyes o Cuerpo de Leyes, cuya finalidad fue derogar la Constitución de 1824. Jurídicamente, Tamaulipas fue erigido como departamento a la promulgación de la Ley del Territorio Mexicano en Departamentos, el 30 de diciembre de 1836, al establecerse el régimen republicano centralista.

El 5 de febrero de 1829 se creó una nueva municipalidad a orillas del Río Tamesí con el nombre de Rayón, y su cabecera en San Antonio Rayón, también conocido como Tancasneque, con la categoría política de villa. 70 años después, el 1o. de enero de 1898 por decreto No. 258 pasó a formar parte de la municipalidad de Magiscatzin.

El 21 de julio de 1838 el departamento de Tamaulipas se dividió en 3 distritos: Ciudad Victoria en el Centro, Matamoros
en el Norte y Santa Anna de Tamaulipas en el Sur.
En acuerdo de la Asamblea Departamental del día 9 de marzo de 1844 se dio a conocer una nueva división territorial, con
3 distritos:
Distrito del Centro se componía de tres partidos que se denominaron de Ciudad Victoria, de Tula y de San Carlos con
cabecera en la primera localidad.
El primer partido se formó con los municipios de Ciudad Victoria, Hidalgo, Güemes, Casas; Soto la Marina; Llera;
Xicoténcatl; Jaumave y Palmillas. La cabecera del partido era Ciudad Victoria.
El segundo partido se componía de las municipalidades de Tula y Bustamante, con cabecera en Tula.
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
El tercero lo integraban los municipios de San Carlos, Villagrán, San Nicolás, Jiménez; Abasolia y Padilla; su cabecera, la
villa de San Carlos.
El Distrito del Norte se dividirá en dos partidos denominados de Matamoros y de Mier. Su cabecera, la primera ciudad.
El primer partido se componía de las municipalidades de Matamoros, San Fernando, Cruillas y Burgos, con cabecera en
Matamoros.
El segundo partido lo formaban los municipios de Mier, Reynosa, Camargo, Ciudad Guerrero y Laredo, con cabecera en
Mier.
El Distrito del Sur se dividió en dos partidos, llamados de Santa Anna de Tamaulipas (Tampico) y de Santa Bárbara, con
cabecera en la primera localidad.
El primer partido lo integraban los municipios de Santa Anna de Tamaulipas, Villerías, Aldama y Magiscatzin; la cabecera,
el puerto de Tampico.
El segundo partido se componía de las municipalidades de Santa Bárbara y Morelos (el actual Antiguo Morelos), con
cabecera en Santa Bárbara (hoy ciudad Ocampo).
Cabe señalar que este ordenamiento y la división citada el 13 de noviembre de 1828 no fueron localizados, pero su
existencia fue avalada por el destacado cronista de Ciudad Victoria.
El 22 de agosto de 1846 se restituyó la república federal, confirmando a Tamaulipas nuevamente como estado de la
federación. Un año más tarde, el 18 de mayo de 1847, según se indicó en el Acta Constitutiva y de Reformas de los
Estados Unidos Mexicanos, se declaró a Tamaulipas estado libre y soberano de México.
A consecuencia del Tratado de Guadalupe-Hidalgo, firmado en 1848, se fijaron los límites de la República Mexicana con
los Estados Unidos de América. Tamaulipas perdió parte de su territorio cuya superficie aproximada era de 6 800 leguas
cuadradas, y tras el tratado quedó reducida aproximadamente a 4 500 leguas cuadradas. Las 2 300 leguas cuadradas
restantes que hasta esa fecha controlaba y habían pertenecido a Tamaulipas desde su fundación, quedaron en poder de
Texas; comprendió la mutilación de Laredo (hoy Laredo, villa desde el 15 de mayo de 1755) en el margen izquierdo del
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
río Bravo o Grande del Norte, y la erección en el margen derecho del río Bravo de la villa de Nuevo Laredo; según el
comunicado del gobernador del estado al ayuntamiento en 1848. No se localizó el ordenamiento respectivo, pero Ismael
Villarreal Peña señaló lo siguiente... Creo que sí existieron esos documentos pero por diversas circunstancias y vicios
administrativos fueron extraviados o destruidos..., creo que ese fue el fin de las actas oficiales de la fundacion de la ciudad... El
resultado emanado de este tratado fue mover el lindero norte de Tamaulipas, quedó su límite en el río Bravo y perdió el
territorio comprendido entre éste y el río de las Nueces.
Mapa del Estado de Tamaulipas, 1848
Comisión Geografico Exploradora.
Escala: 1:500 000
Publicado en Cartografía Histórica de Tamaulipas. Gobierno del Estado.
FUENTE: Instituto Tamaulipeco de Cultura.
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
El 25 de abril de 1848 el gobernador Francisco Vital Fernández promulgó la llamada Constitución reformada, o sea la
misma Constitución local de 1825, con las modificaciones que la experiencia ha demostrado ser necesarias.
El 14 de mayo de 1849 se erigió otra municipalidad más, con el nombre de Miquihuana (no se encontró documento oficial
para tomar razón del decreto correspondiente, sólo citas de autores dignos de fe), poco después se denominó a la
cabecera municipal Miquihuana de Canales, de acuerdo al decreto no. 61 del 13 de diciembre de 1880; el segundo
nombre es inusual en la actualidad.
Carta del Estado de Tamaulipas, 1849.
Autor: Manuel de Mier y Terán.
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
Arreglada por la Sección de Geografía de la Comisión de Estadística.
Escala gráfica en leguas de 26 1/2 al grado.
Publicado en Cartografía Histórica de Tamaulipas. Gobierno del Estado.
FUENTE: Instituto Tamaulipeco de Cultura.
Así, después del Tratado de Guadalupe, en la memoria presentada por el Gobernador Alejandro Prieto al XV Congreso
precisó en el artículo 2o.: El territorio del Estado comprende la Provincia antiguamente llamada Nuevo Santander, con las
limitaciones que le hizo el tratado de Guadalupe.
Conforme al texto anterior el Estado de Tamaulipas tiene los límites siguientes: Por el Oriente el Golfo de México, desde
el puerto de Tampico hasta el de Bagdad; por el Norte la línea internacional del Río Bravo desde Bagdad hasta Nuevo
Laredo; por el Poniente el Estado de Coahuila con la Municipalidad de Nuevo Laredo; y después el Estado de Nuevo
León dividido por la línea que determina las jurisdicciones de Nuevo Laredo, ciudad Guerrero, Mier, Camargo, Reynosa,
Méndez, Burgos, San Carlos, Villagrán, Hidalgo, Miquihuana y Bustamante; por el mismo viento y continuando hacia el
Sur, el Estado de San Luis Potosí, limitado por la línea jurisdiccional de Tula, Santa Bárbara, Nuevo Morelos y Antiguo
Morelos y siguiendo el mismo rumbo está dividido del Estado de Veracruz por el Río Pánuco y por el de Tampico hasta la
Barra del puerto.
El 1o. abril de 1853 la municipalidad de Mier, por decreto No. 170 de la Legislatura del estado de Nuevo León, pasó a
constituir un distrito agregado al partido de Cerralvo; un día después en el estado de Tamaulipas se ordenó su retorno
mediante decreto No. 8; esto se llevó a cabo hasta el 22 de abril de 1853, fecha en que se expidieron las Bases para la
Administración de la República hasta la Promulgación de la Constitución.
Con fecha 5 de diciembre de 1855 el gobierno de Tamaulipas tomó en cuenta el Estatuto Orgánico de ese año, que
definió la categoría de Tamaulipas como estado de la República y determinó la extensión de su territorio como lo han
venido expresando las constituciones locales. Dos años más tarde, el gobierno de Tamaulipas bajo la dirección de Juan
José de la Garza expidió una nueva constitución local. La jurisdicción política tamaulipeca en esta Constitución confirmó
su soberanía como estado de la federación, y se dividió a la entidad en tres distritos y once partidos, sin mencionar
cuáles fueron. En los dos años del predominio del Imperio de Maximiliano en Tamaulipas, entre 1864 y 1866, el estado se
fragmentó en dos departamentos: el de Matamoros y el de Tamaulipas, con cabecera el primero en la ciudad de ese
nombre y el segundo en Tampico y Ciudad Victoria; se estableció según el modelo centralista el Sistema de Prefecturas
de Partido. Por medio del decreto No. 68 expedido por la legislatura local se dictó nueva Constitución estatal en el año de
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
1869; destacó entre sus reformas lo referente a la división territorial la del artículo 3o., que aumentó los distritos políticos
de 3 a 4. Quedó dispuesto en el decreto No. 46 del 23 de noviembre de 1868 el famoso cuarto distrito con cabecera en
Tula. (Esta Constitución no se encontró).
La fundación de la nueva municipalidad con el nombre de Nuevo Morelos, segregada de Morelos el 19 de octubre de
1860, trajo consigo la modificación de la denominación de Morelos (antes Baltasar) por Antiguo Morelos, de tal manera
que la Constitución Política del Estado y el Código Municipal vigente las consignaron como Nuevo Morelos y Antiguo
Morelos respectivamente.
La congregación de Quintero se erigió en villa por decreto del gobierno de Tamaulipas No. 8 expedido por la legislatura el
19 de agosto de 1861 .
En la villa de las Lajas fue oficializado su ayuntamiento el 1o. de julio de 1866, según acta de inicio de actividades.
Posteriormente, el 5 de enero de 1869 se le cambió de nombre, que en lo sucesivo se le denominó Méndez.
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
Estado de Tamaulipas, (C. 1870).
Sin autor.
Escala: 1:1 000 000
Publicado en: Cartografía Histórica de Tamaulipas. Gobierno del Estado.
FUENTE: Instituto Tamaulipeco de Cultura.
Una nueva municipalidad se fundó mediante la promulgación de la Ley Electoral el 3 de noviembre de 1871 con el
nombre de Bagdad, segregada del partido de Matamoros, y permaneció hasta el 13 de abril de 1880 cuando por decreto
No. 4, se declaró extinguida, volviendo a su antiguo partido.
En 1897 el estado se constituyó por cuatro distritos, los cuales estaban integrados por 37 municipios:
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
El distrito del Norte comprendía 11: el de Matamoros, Camargo, Mier, Guerrero, Nuevo Laredo, Reynosa, San Fernando,
Cruillas, Burgos, Méndez y San Nicolás.
El distrito del Centro se integraba de 11: el de Victoria, San Carlos, Villagrán, Jiménez, Llera, Soto la Marina, Hidalgo,
Casas, Güemez, Padilla y Abasolo.
El distrito del Sur abarcaba 9: los de Tampico, Magiscatzin, Xicoténcatl, Aldama, Antiguo Morelos, Altamira, Gómez
Farías, Quintero y Nuevo Morelos.
El cuarto distrito se conformaba de 6: Tula, Ocampo, Jaumave, Bustamante, Palmillas y Miquihuana.
Tamaulipas, 1897.
Autor: Antonio García Cubas.
Escala: 1:1 500 000
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
Publicado en Cartografía Histórica de Tamaulipas. Gobierno del Estado.
FUENTE: Instituto Tamaulipeco de Cultura.
En el año de 1910, según datos de la División Municipal de la República Mexicana, Tamaulipas contaba con 37
municipalidades, 9 ciudades, 28 villas, 101 haciendas, 1474 ranchos y 11 congregaciones.
Carta General del Estado de Tamaulipas, (C. 1910).
Comisión Geográfico Exploradora.
Escala: 1: 1 500 000
Publicado en Cartografía Histórica de Tamaulipas. Gobierno del Estado.
FUENTE: Instituto Tamaulipeco de Cultura.
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
La Ley del Municipio Libre promulgada por Venustiano Carranza en 1914 reformó al artículo 109 de la Constitución
expedida en 1857 y otorgó al estado el derecho de erigir municipios libres. También en Tamaulipas la Ley Reglamentaria
del Gobierno Municipal de septiembre de 1916, en el artículo 1o., señaló al poder legislativo como órgano rector para la
creación o supresión de los mismos.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917 ratificó la autonomía del municipio en
su artículo 115. Un año después, en el estado se expidió la Ley Orgánica del Municipio Libre (30 de octubre de 1918), la
cual señaló la división territorial en el artículo 2o.
La nueva Constitución local, acorde con la federal de 1917, se promulgó el 20 de abril de 1920. Este texto tuvo efímera
vigencia pues se promulgo precisamente el día que se expidió por los obregonistas el Plan de Agua Prieta...
conociéndose unos cuantos ejemplares del mismo, pues al triunfo del obregonismo se destruyeron los que se
encontraron en existencia en los almacenes del palacio de gobierno. En 1921 entró en vigor la nueva Constitución para el
estado, que ha sufrido reformas y ha sido la base fundamental de la actual. Este ordenamiento tomó como base la
división territorial que se menciona en la Ley Orgánica del Municipio Libre de 1918.
Una nueva Ley Orgánica del Municipio Libre se publicó el 1o. de enero de 1929 para incluir a los municipios creados
durante esta década (Cecilia, hoy Ciudad Madero erigido como tal el 1o. de mayo de 1924 y Mainero, el 2 de julio del
mismo año).
El 16 de mayo de 1942 se expidió la Ley Orgánica Municipal, que en su artículo 17 precisó que para establecer un nuevo
municipio es requisito contar con un núcleo de población de por lo menos 10 000 habitantes. Este artículo sufrió
una modificación mediante el decreto No. 147 del 10 de enero de 1953; en esta ocasión el requisito mínimo de población
fue no menor a 25 000, debiendo residir en la cabecera por lo menos 12 500 habitantes.
Así, el estado de Tamaulipas que a mediados de este siglo contaba con 39 municipios, después de la creación de
Madero, Villa Mainero y el traslado de la cabecera municipal de Magiscatzin al poblado conocido como González, esto
sucedido entre 1925 y 1930, ha venido incrementando paulatinamente el número de éstos, ya que en octubre de 1950 se
erigió el municipio de Miguel Alemán.
INEGI. Estado de Tamaulipas División Territorial de 1810 a 1995 Edición 1996
A raíz de la fundación de Miguel Alemán se modificó el artículo 16 que apuntaba la política a seguir después de la
repoblación. Mientras, la Ley Orgánica Municipal, en decreto No. 298 del 8 de noviembre de 1950, señaló que el estado
se conformaría por 40 municipios.
Diez años más tarde, en 1961 se instituyó el municipio de Río Bravo, y finalmente en 1968, San Miguel, hoy en día
conocido con el nombre de Gustavo Díaz Ordaz, con localidades segregadas del municipio de Camargo. Cabe aclarar
que este municipio ya se había erigido como tal mediante decreto No. 461 del 8 de septiembre de 1951, pero
posteriormente fue abrogado por decreto No. 221 el 8 de abril de 1953.
La Ley Orgánica Municipal estuvo vigente hasta el 4 de febrero de 1984, fecha en que se publicó el Código Municipal,
que la sustituyó, y que consignó en su artículo 10:
Los municipios del Estado son los siguientes: Abasolo, Aldama, Altamira, Antiguo Morelos, Burgos, Bustamante, Casas,
Camargo, El Mante, Cruillas, Güemez, Gómez Farías, González, Guerrero, Gustavo Díaz Ordaz, Hidalgo, Jaumave,
Jiménez, Llera, Ciudad Madero, Mainero, Matamoros, Méndez, Mier, Miguel Alemán, Miquihuana, Nuevo Laredo, Nuevo
Morelos, Ocampo, Padilla, Palmillas, Reynosa, Río Bravo, San Carlos, San Fernando, San Nicolás, Soto la Marina,
Tampico, Tula, Victoria, Valle Hermoso, Villagrán y Xicoténcatl.
El ordenamiento anterior ha subsistido hasta 1995, y con él la división territorial del estado de Tamaulipas.
Nota: Las frases en cursivas son transcripciones textuales de documentos por lo que se respetó la redacción y puntuación
original.

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